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Es un programa Distrital que busca mejorar la calidad de vida y salud de la población infantil, adultos mayores y personas en condición de discapacidad severa afiliados al Régimen Subsidiado de Salud, considerados altamente vulnerables. Con este programa se elimina una barrera económica de acceso a los servicios de salud de la población más pobre y vulnerable que no cuenta con los recursos suficientes para asumir cobros de copagos y/o cuotas de recuperación, exigidos para la prestación de los servicios de salud.
Los siguientes eventos están exentos del cobro de copagos y por lo tanto, no es necesario que los cubra el Programa de Gratuidad en Salud de Distrito Capital:
* Servicios exentos de copagos (Acuerdo 260 de 2004)
1. Servicios de promoción y prevención.
2. Programas de control en atención materno infantil.
3. Programas de control en atención de las enfermedades transmisibles.
4. Enfermedades catastróficas o de alto costo.
5. La atención inicial de urgencias.
* Cáncer infantil (Ley 1388 de 2010)
* Vasectomía y ligadura de trompas (Ley 1412 de 2010)
* Niños, niñas y adolescentes con discapacidades físicas, sensoriales y cognitivas, enfermedades catastróficas con categoría A1- B7 y categoría C1-18 SISBEN de metodología IV (Resolución 1870 de 2021)
* Niños, niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia física o sexual y las víctimas de ataques con ácido (Ley 1438 de 2011 Art. 19, 54, 53A – Ley 1639 de 2013)
* Víctimas del conflicto armado con categoría A1- B7 y categoría C1-18 SISBEN de metodología IV (Resolución 1870 de 2021)
* Rehabilitación funcional de cualquier tipo de discapacidad (Ley 1618 de 2013 Art. 9)
* Personas con discapacidad mental (Ley 1306 de 2009 Art. 12)
* Poblaciones especiales afiliadas al régimen subsidiado (Acuerdo 365 de 2007)
* Control prenatal, atención del parto y atención del niño durante el primer año de vida en el régimen subsidiado (Acuerdo 260 de 2004)
* Sisbén categoría A1- B7 SISBEN de metodología IV (Resolución 1870 de 2021) régimen subsidiado.
Las personas beneficiadas no tienen que realizar ningún trámite adicional. Las facturas por los servicios prestados a la población beneficiaría de la Gratuidad por conceptos de copagos y/o cuotas de recuperación serán canceladas por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
Se eliminan los copagos y las cuotas de recuperación para las personas beneficiarias ya descritas. Para los afiliados al Régimen Subsidiado de la categoría C1-18 del SISBÉN de la metodología IV (Resolución 1870 de 2021) la gratuidad consistirá en no efectuar pago por todos los servicios del Plan de Beneficios de Salud como por ejemplo: consulta general, medicamentos ayudas diagnósticas, tratamientos y rehabilitación. Anteriormente los pacientes pagaban un 10%.