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El Régimen Subsidiado es el mecanismo mediante el cual la población más pobre, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado.
Para afiliarse al Régimen Subsidiado de Salud debe tener aplicada la encuesta SISBÉN que quiere decir: Sistema de Selección de Beneficiarios y permite establecer en que nivel se encuentra. Esta encuesta es la puerta de entrada a los programas sociales que ofrece el Estado para las personas con más necesidades. Dentro de esos programas esta la salud a través del Régimen Subsidiado de Salud, que le permite contar con los servicios ofrecidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado (POS-S).
La encuesta SISBÉN, la aplica la Secretaría Distrital de Planeación, y si a usted aún no se le han aplicado (no ha sido identificado como posible beneficiario de los subsidios), o requiere que le actualicen el nivel del SISBÉN, debe presentar ante esta entidad en cualquier CADE o SUPERCADE de la ciudad, un recibo de servicio público y una de su documento de identificación. Para mayor información llame a la Línea Salud para Todos 3649666.
Usted puede hacer parte del Régimen Subsidiado de Salud, si es identificado en los niveles 1 o 2 por encuesta del SISBÉN y no está afiliado al Régimen Contributivo.
Igualmente, pueden afiliarse a este Régimen las personas que hacen parte de grupos especiales como: desmovilizados, indígenas, habitantes de la calle, niños en protección y desplazados.
Como beneficiario de este régimen, usted debe afiliarse a una Empresa Promotora de Salud Subsidiada (EPS-S) y para hacerlo debe estar atento a las convocatorias que realiza la Secretaria Distrital de Salud, para que los beneficiarios de los subsidios, puedan gozar de los servicios de salud en una EPS-S.
Al momento de elegir su EPS Subsidiada tenga en cuenta:
SISBÉN a nivel Bogotá en la página: «consulte aquí su afiliación en el sistema de salud» desde donde podrá imprimir el estado de afiliación al régimen subsidiado de Bogotá (EPS-S), en el mismo comprobador en la opción ADRES se podrá consultar la página Internet y verificar la base de datos única de afiliados (BDUA) del régimen contributivo y régimen subsidiado a nivel Nacional o directamente: www.adres.gov.co
En la página: www.sdp.gov.co, icono «SISBÉN», donde el usuario podrá imprimir certificación del puntaje y fecha de encuesta.
Independientemente del puntaje del Sisbén, no tienen derecho al régimen subsidiado las personas que tengan vínculo laboral vigente, o quienes perciban ingresos o renta suficientes para afiliarse al Régimen Contributivo, quienes estén pensionados, o quienes como beneficiarios de otra persona estén afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud o a cualquiera de los regímenes de excepción.
Recibirá los servicios de salud contemplados en el Plan de Salud Subsidiado (POS-S) y los no contemplados en éste serán garantizados por el Fondo Distrital de Salud – Secretaria Distrital de Salud.
En el Régimen Subsidiado, los beneficios de acuerdo a su nivel SISBÉN a los que tiene derecho son:
SUBSIDIOS TOTALES
SERVICIOS DEL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD SUBSIDIADO | SISBÉN NIVEL 1 | SISBÉN NIVEL 2 |
* Acciones de promoción y educación en salud y prevención de la enfermedad. * Atención a mujeres gestantes y a menores de un año. *Atención de enfermedades de alto costo como cáncer, sida, enfermedades cardiovasculares, enfermedades del sistema nervioso central, insuficiencia renal, gran quemado, reemplazo articular de cadera y rodilla. *Atención inicial de urgencias. |
SIN COPAGO |
SIN COPAGO |
* Acciones de recuperación de salud de forma ambulatoria en el primer nivel y algunas de segundo y tercer nivel. * Atención hospitalaria de segundo y tercer nivel de atención que incluye atención especializada. * Todas las acciones de rehabilitación * Y Todos los demás servicios incluidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado POS-S definidos en Acuerdo 306/2005/CNSSS. | SIN COPAGO LEY 1122/2007 | 10% sin que el pago exceda a ½ salario mínimo mensual legal vigente. El valor máximo por año calendario será de un (1) |
Los servicios de salud No Incluidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado (POS-S) deben ser brindados a través de los hospitales de la red pública, para lo cual son remitidos por la EPS-S y para estos servicios los usuarios les corresponde una Cuota de Recuperación (Decreto 2357 de 1995 del Ministerio de la protección Social) así:
NIVEL 1 SISBÉN | El nivel 1 de SISBÉN está exento de cuotas de recuperación por el Artículo 2.4.20 del Decreto 780 de 2016. |
NIVEL 2 SISBÉN | 10% sin que el pago exceda a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes por el mismo evento al año. |
Como afiliado al Régimen Subsidiado de Salud usted tiene derecho a: